El Boletín Oficial del Estado ha publicado recientemente el nuevo reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
El fin de este reglamento es aglutinar el conjunto de disposiciones y normas referidas a la radiología. El nuevo documento se sustenta en cuatro pilares principales: la utilización de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico; el régimen de autorización previa de las empresas de venta y asistencia técnica de dichos equipos e instalaciones; la ACREDITACIÓN DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIO EN LAS INSTALACIONES DE RAYOS X DE DIAGNÓSTICO MÉDICO; y la realización de servicios y certificación de características previas por los Servicios o Unidades Técnicas de Protección Radiológica.
El reglamento introduce dos novedades. En primer lugar, la creación de un registro nacional de equipos de rayos X. La otra novedad es la puesta en marcha, a raíz de la publicación del Real Decreto en el BOE, de un Programa de Protección Radiológica, que afecta tanto a profesionales como a pacientes.
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Real Decreto 1085/2009 de 3 de Julio (BOE 18-07-09), por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
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