La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado una sentencia que declaraba irregular la prestación de servicios de seis enfermeras de la Clínica San Miguel por ejercer funciones relacionadas con la emisión de radiaciones ionizantes y otros procesos radiológicos de diagnóstico.
La Asociación Navarra de Técnicos en Radiología (ANTER) demandó al citado centro y a los seis trabajadores dado que, a su juicio, no se cumplía la legislación que regula las funciones y competencias de los Técnicos Especialistas en Radiodiagnóstico y que exige estar en posesión de dicha especialidad para el ejercicio de las funciones que indica la norma.
Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la sentencia argumentando la exigencia de titulación adecuada, derivada de la normativa española y comunitaria, para realizar procedimientos radiológicos en unidades de radiología.
La Asociación Navarra de Técnicos en Radiología (ANTER) demandó al citado centro y a los seis trabajadores dado que, a su juicio, no se cumplía la legislación que regula las funciones y competencias de los Técnicos Especialistas en Radiodiagnóstico y que exige estar en posesión de dicha especialidad para el ejercicio de las funciones que indica la norma.
Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la sentencia argumentando la exigencia de titulación adecuada, derivada de la normativa española y comunitaria, para realizar procedimientos radiológicos en unidades de radiología.
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